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FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR: PROCEDIMIENTOS LEGALES Y DERECHOS EN PERÚ

Cuando ocurre el fallecimiento de un familiar en el territorio peruano, además del impacto emocional, surgen una serie de obligaciones legales y trámites que deben realizarse para poder ordenar la situación patrimonial del causante (la persona fallecida). En el Perú, estos procedimientos están regulados por el Código Civil peruano, normas administrativas y criterios establecidos por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú y la Corte Suprema del Perú.

Este artículo explica de manera clara y práctica qué pasos seguir, qué derechos tienen los familiares y qué errores deben evitarse.

  1. Confirmación legal del fallecimiento

El primer paso es obtener el acta o certificado de defunción, documento que acredita oficialmente la muerte de la persona.

Este documento es indispensable para cualquier trámite posterior, ya sea en bancos, notarias, seguros o entidades públicas.

Sin este documento, ningún procedimiento sucesorio puede iniciarse.

  1. Apertura de la sucesión hereditaria

Desde el momento del fallecimiento, se abre automáticamente la sucesión, es decir, la transmisión de derechos y obligaciones del causante a sus herederos.

En el Perú existen dos escenarios:

  1. a) Con testamento

Se respeta la voluntad del fallecido, siempre que no vulnere la legítima de los herederos forzosos.

  1. b) Sin testamento

Se inicia una sucesión intestada, donde la ley determina quiénes son los herederos.

Este procedimiento se encuentra regulado en el Código Civil peruano, principalmente en las disposiciones sobre herencia y orden sucesorio.

  1. Declaratoria de herederos

La declaratoria de herederos es el documento que reconoce legalmente quiénes tienen derecho a la herencia.

Puede tramitarse:

  • Ante notario (vía no contenciosa, es decir sin litis o problemas diversos)
  • Ante el Poder Judicial (si existe conflicto entre posibles herederos)

Este paso es clave porque sin él no es posible disponer de bienes, retirar dinero de cuentas bancarias ni transferir propiedades del causante (fallecido).

  1. Bloqueo de cuentas y bienes del fallecido

Una vez que se registra el fallecimiento, las entidades financieras suelen bloquear las cuentas del titular como medida de seguridad, hasta que exista una sucesión que reclame dicho derecho.

Para levantar este bloqueo se exige:

  • Acta de defunción
  • Declaratoria de herederos
  • Identificación de los herederos

Esto evita retiros indebidos y protege el patrimonio hasta que se determine su distribución legal.

  1. Herencia y responsabilidad de deudas

Un aspecto importante que muchas personas desconocen es que la herencia no solo incluye bienes, sino también deudas (cargas).

En el sistema jurídico peruano, los herederos pueden responder por las obligaciones del causante hasta el límite de los bienes heredados, conforme al principio de responsabilidad patrimonial hereditaria.

  1. Jurisprudencia relevante en el Perú

La jurisprudencia ha reforzado principios clave del derecho sucesorio:

  • Tenemos al Tribunal Constitucional del Perú

El Tribunal Constitucional del Perú ha reconocido que el derecho de herencia forma parte del contenido constitucional del derecho de propiedad, protegido por la Constitución.

Esto implica que el Estado debe garantizar que la transmisión hereditaria no sea arbitrariamente afectada.

  • La Corte Suprema del Perú

La Corte Suprema del Perú ha señalado de forma reiterada que la sucesión se produce de manera automática con la muerte del causante, generando la transmisión inmediata del patrimonio a los herederos legales, aunque su ejercicio requiera formalización.

  1. Trámites adicionales importantes

Dependiendo del caso, también pueden ser necesarios:

  • Solicitud de pensión de sobrevivencia (ante ONP o AFP)
  • Activación de seguros de vida, de existir
  • Inscripción de inmuebles en Registros Públicos
  1. Errores comunes que deben evitarse
  • Retirar dinero de cuentas sin declaratoria de herederos
  • Vender bienes del fallecido sin autorización legal
  • Omitir herederos en la sucesión intestada

Estos actos pueden generar nulidad, conflictos familiares o incluso responsabilidad legal.

Conclusión

El fallecimiento de un familiar activa automáticamente un proceso legal complejo que debe manejarse con orden y dentro del marco jurídico peruano. La sucesión, la declaratoria de herederos y la correcta administración de los bienes son fundamentales para evitar conflictos.

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema refuerzan la protección del derecho a heredar como una extensión del derecho de propiedad, garantizando seguridad jurídica a los herederos.

 

BIBLIOGRAFIA:

  1. Normativa legal – Perú
  • Código Civil Peruano (Decreto Legislativo N.° 295)
    Artículos relevantes: 660, 723, 724 y 815 sobre transmisión sucesoria y sucesión intestada.
    Fuente: Jurisprudencia y compendios legales oficiales del Estado peruano.
  • Código Procesal Civil – Perú
    Artículos sobre sucesión intestada y proceso no contencioso (art. 830 y siguientes).
  1. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
  • Tribunal Constitucional del Perú
    • Exp. N.° 0008-2003-AI/TC
      Reconoce que el derecho de herencia forma parte del contenido constitucional del derecho de propiedad.
    • Exp. N.° 02935-2019-AA/TC
      Establece criterios sobre sucesión procesal tras el fallecimiento de una parte en el proceso.
    • Exp. N.° 04597-2019-PA/TC
      Precisa la incorporación de herederos en procesos constitucionales mediante sucesión procesal.
  1. Jurisprudencia de la Corte Suprema
  • Corte Suprema del Perú
    • Casación N.° 3344-2016 – Arequipa
      Precisa que la sucesión intestada es el medio idóneo para acreditar vocación hereditaria cuando no existe testamento.
  1. Fuentes institucionales
  • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú (MINJUSDH)
    “Proceso de sucesión intestada permite acceder a una herencia cuando no hay testamento”.
    Plataforma oficial del Estado peruano: https://www.gob.pe
  • Poder Judicial del Perú
    Información sobre requisitos del proceso de sucesión intestada no contenciosa.
  1. Doctrina general (referencial)
  • Concepto de sucesión hereditaria como transmisión de bienes, derechos y obligaciones del causante a sus herederos.
  • Principio de “saisine hereditaria”: la herencia se transmite desde el momento del fallecimiento.